Publicado por Jorge Nuñez
En 9 de octubre del año 2001 el Congreso Nacional de la República Dominicana aprobó la Ley No.158-01 sobre el fomento al desarrollo turístico para los polos de escaso desarrollo y nuevos polos en provincias de gran potencial, esta ley con el objetivo de activar el proceso del desarrollo de la industria turística en todas las regiones con potencial y condiciones naturales para su explotación turística en todo el territorio nacional.
En esta ley se creo lo que se conoce como el Consejo de Fomento Turístico (CONFOTUR), con la única finalidad de aplicar las directrices de la Ley No. 158-01, así como crear las condiciones y las facilidades necesarias para que los proyectos turísticos innovadores puedan acogerse a los incentivos que otorga esta ley.
Esta ley goza de numerosos beneficios para los adquirientes de propiedades turísticas que estén bajo este régimen, a continuación, detallamos los beneficios:
Conoce más sobre nuestros proyectos turísticos que se benefician de esta ley